Esta semana el régimen emitió una nueva regulación a la minería de criptomonedas. La providencia 084-2020 de la Superintendencia de Criptoactivos y Actividades Conexas (Sunacrip), ente que regula el sector, salió publicada en la Gaceta Oficial #41.969 del 21/09, según reseña el portal especializado cointelegraph.com.
En Venezuela cualquiera que se dedique a la actividad de minería de criptomonedas deberá poseer una «licencia de operación. Esto aplica para la fabricación, ensamblaje, importación y comercialización en general de equipos de minería digital. Así mismo para quienes «provean el servicio de minería digital en la nube». Esto implica que se regulan todos los procesos vinculados a esta actividad.
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En su afán regulatorio, el régimen de Maduro, crea el denominado «Registro Integral de Mineros (RIM)».
El artículo 8 de la providencia describe ese registro como una «aplicación web llevada por la intendencia responsable de la (…) Sunacrip», puesta a disposición del usuario (de los usuarios) que tienen interés en tramitar y gestionar alguna licencia de operación enmarcada en las actividades relacionadas con el objeto de esta proidencia». Además menciona que en la aplicación se podrá realizar los pagos en línea.
Anuncia igualmente que en la página web del RIM se publicaran los montos para la tramitación de esas licencias.
Pool de Minería Digital Nacional
Un aspecto interesante es la creación del llamado «Pool de Minería Digital Nacional» en el artículo 18. En este se plantea como objetivo «agrupar a los mineros dentro del territorio nacional». Así mismo pretende «incentivar a la comunidad minera internacional a formar parte del referido pool».
En el mismo artículo 18, la Sunacrip menciona que incentivará a los mineros con beneficios y exoneraciones para que se incorporen al referido pool.
Sin embargo en el artículo 19 establece la obligatoriedad para los mineros radicados en Venezuela a sumarse a ese mecanismo. De lo contrario «estará sujetos a las medidas, infracciones infracciones y sanciones dispuestas en el Decreto Constituyente sobre el Sistema Integral de Criptoactivos».
Las multas están estipuladas entre 100 y 300 petros.
La Sunacrip estimulará la creación de granjas de minería de criptos «bajo la supervisión técnica y profesional de su personal». Sin embargo el artículo 20 no especifica si todas estas granjas deberán de hacerse bajo esa supervisión, dice cointelegraph.com.