De acuerdo al nuevo C?digo Org?nico Tributario, las operadoras de telecomunicaciones que incurran en il?citos deber?n pagar multas que se regir?n por el tipo de cambio de la moneda de mayor valor.
La gerente de Recaudaci?n y Fiscalizaci?n de Conatel, Graciela Mart?nez, explic? que los impuestos, tasas y contribuciones que deben cancelar estas operadoras est?n sometidos a esta nueva ley tributaria.
El 27 de febrero entrar? en vigencia la Gaceta Oficial n?mero 6.507. ?sta incluye el nuevo C?digo Org?nico Tributario, por el que tendr?n que regirse estas empresas.
Otra cambio en materia tributaria que afecta a las operadoras de telecomunicaciones, aplica al impuesto por Administraci?n y Control del Espectro Radioel?ctrico (Tacer). Este arancel anual que se declara y paga en los 45 d?as siguientes al cierre del ejercicio fiscal del a?o anterior; deber? pagarse con la unidad vigente al cierre del ejercicio respectivo.
En una nota de ?ltimas Noticias, Mart?nez tambi?n destaca el contenido del art?culo 118. Este se refiere a los il?citos tributarios y el cual tambi?n fue objeto de reforma.
Il?citos como defraudaci?n tributaria, falta de enteramiento de anticipos de los agentes de retenci?n o insolvencias fraudulentas, podr?an extinguirse si el infractor admite los hechos. Adem?s de pagar dentro de los 10 d?as siguientes, el monto total de la multa aumentadas en un 500 %.
Resalt? la funcionaria de Conatel que la recaudaci?n tributaria es esencial para garantizar a la poblaci?n acceso a los servicios de telefon?a fija, telefon?a m?vil e Internet.