El Banco Central de Venezuela (BCV) indexa a la tasa oficial de cambio la Cartera ?nica Productiva Nacional y Microcr?ditos. En esta se agrupan los cr?ditos preferenciales del ?rea de manufactura, agroalimentos, tur?sticos salud e hipotecario.
Los cr?ditos se expresar?n ?nicamente en la Unidad de Valor de Cr?dito Productivo (UVCP) y no generar?n intereses.
En Gaceta Oficial de este 06/03 se public? la Resoluci?n 20-02-01 que define en el art?culo 1 da la pautas para el c?lculo de la UVCP. Este se expresa como el resultado «de dividir el monto en bol?vares a ser liquidado del cr?dito otorgado entre el ?ndice de Inversi?n vigente para dicha fecha y determinado por el Banco Central de Venezuela tomando en cuenta la variaci?n del tipo de cambio de referencia de mercado y publicado diariamente en su p?gina web.
En el Par?grafo primero (y ?nico) del Art. 1 se especifica que no se cobrar? intereses que se hayan pactado por el uso de la referida UVCP.
Nueva aplicaci?n permitir? hacer pagos digitales en d?lares en Venezuela
Microcr?ditos tambi?n dolarizado
Por otra parte los microcr?ditos quedan sujetos a expresarse en Unidades de Valor de Cr?dito Comercial (UVCC).
Sin embargo, quedan excluidos de expresarse en estos nuevos mecanismos los cr?ditos n?mina, as? como los dirigidos a empleados y directivos bancarios. Tambi?n se excluyen los consumos por tarjetas de cr?ditos.
Adem?s, se establece que las tasas de inter?s de los cr?ditos n?mina y los de empleados y directivos bancarios no exceder?n a las aplicables a los consumos por TDC.
Los intereses de los cr?ditos valorados en UVCC estar?n entre el 4% y el 6% anuales. As? como la tasa de mora se mantiene inferior al 0,5%.
En el caso de mora para pr?stamos de la cartera ?nica la tasa ser? igualmente del 0,5%.
Resoluci?n BCV N? 20-02-01 ? GO N? 41.834 del 06-03-20 ? Unidad de Valor Cr?dito Productivo (1) by Armando Pern?a on Scribd