El Ministerio del Interior en Perú publicó el Decreto Supremo 010-2020 que aprueban medidas especiales, excepcionales y temporales para regularizar la migración.
El objetivo del decreto es agilizar la regularización de la situación migratoria de ciudadanos extranjeros en ese país.
La norma, publicada en el diario El Peruano, indica que se aplica a los extranjeros cuyo plazo de permanencia otorgado por la autoridad migratoria se encuentre vencido.
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Asimismo, para los extranjeros que ingresaron al país de manera irregular al no haber realizado el debido control migratorio.
Las solicitudes y los recursos de reconsideración son resueltos por la jefatura zona, de la Superintendencia Nacional de Migraciones.
Otro de los puntos claves es que los recursos de apelación son resueltos por la autoridad competente de dicha entidad.
Plazo de la solicitud
El plazo para presentar la solicitud de regularización migratoria es de 180 días calendario.
Además, señala el texto que Migraciones puede disponer de la ampliación de ese plazo mediante una resolución de la Superintendencia.
En el decreto, señalan que la solicitud se puede presentar una única vez y que, la persona que incumpla con la presentación de solicitud en el plazo previsto, sería sancionada.
Requisitos
Para la obtención de este documento temporal, los solicitantes deben presentar una declaración jurada que indique lo siguiente:
No poseer antecedentes penales, policiales y judiciales a nivel nacional e internacional o referencias internacionales de Interpol.
No estar comprendido en los supuestos de impedimento de ingreso a Perú.
El Formato de Declaración Jurada se genera, registra y suscribe en presencia de Migraciones.
Copia simple del recibo de servicio público en el que conste el domicilio declarado en la solicitud de regularización migratoria.
Los solicitantes deberán cumplir con otros requisitos que serán publicados posteriormente.
Aclararon que debido a la pandemia las citas podrían ser virtual.